- El Máximo Tribunal analiza si México puede abrir procesos por ilícitos no incluidos en la entrega desde Estados Unidos
Por: Joshua Espinosa
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo este 12 de agosto dos amparos de César Duarte para definir si una persona extraditada desde Estados Unidos puede ser juzgada en México por delitos distintos a los que motivaron su entrega, una decisión que marcará el alcance de la llamada regla de especialidad y el derecho de audiencia del exgobernador de Chihuahua antes de enfrentar nuevos cargos.
El asunto llega a la SCJN mientras Duarte permanece recluido en el Altiplano y enfrenta desde diciembre de 2025 un proceso federal por presunto lavado de dinero. El criterio que fije el Máximo Tribunal también resolverá si el consentimiento del país que extradita basta como trámite diplomático o si abre una etapa en la que el imputado debe ser escuchado.
De acuerdo con el texto judicial citado por La Jornada, el caso fue enviado por el primer tribunal colegiado en materias penal y administrativa del décimo séptimo circuito. Ese órgano pidió que la SCJN resuelva los amparos en revisión 1241/2024 y 1783/2024 por la trascendencia constitucional del tema.
Duarte fue extraditado en junio de 2022 para enfrentar cargos de asociación delictuosa y peculado agravado por más de96 millones de pesos. La pregunta central es si, una vez entregado por otro país, México puede ampliar la persecución penal por una causa distinta sin abrir un espacio de defensa para la persona extraditada.
La Corte resolverá el alcance de la regla de especialidad
El punto jurídico gira en torno a la regla de especialidad prevista en el artículo 17 del tratado de extradición entre México y Estados Unidos. Esa disposición solo permite ampliar los cargos si el país que concedió la extradición da su consentimiento.
En 2023, Duarte promovió un amparo con el argumento de que México pidió a Estados Unidos autorización para juzgarlo por otra causa penal sin respetar su derecho de audiencia. Una jueza federal le concedió la razón.
Dicha resolución anuló la audiencia inicial de agosto de ese año, dejó sin efectos la orden de aprehensión derivada de esa causa y ordenó su libertad. El efecto de esa sentencia colocó en el centro del litigio no la extradición original, sino el procedimiento seguido para intentar procesarlo por un expediente distinto.
Las autoridades federales impugnaron ese fallo. Su postura es que el consentimiento de Estados Unidos forma parte de un mecanismo diplomático de cooperación internacional y no de un nuevo procedimiento de extradición.
Caso César Duarte apunta a un esquema que habría salido de las secretarías de Hacienda, Educación y Desarrollo Rural
La detención de César Duarte, reactiva las indagatorias sobre una presunta red de corrupción que habría operado durante su gobierno en ese estado entre 2011 y 2016, un esquema que, según las carpetas judiciales, partía desde el aparato estatal para desviar recursos públicos mediante contratos simulados, empresas fantasma y triangulación de dinero.
De acuerdo con los expedientes judiciales, el mecanismo no habría consistido en hechos aislados. El esquema se repetía desde dependencias del gobierno estatal, sobre todo Hacienda, Educación y Desarrollo Rural, donde se autorizaban recursos bajo supuestos programas o servicios que nunca se ejecutaban.
La operación comenzaba con la elaboración de documentación oficial para justificar la salida del dinero: contratos, convenios, facturas o autorizaciones de programas. Esos papeles cumplían formalmente con los requisitos administrativos y daban apariencia de legalidad.
Ese primer filtro permitía liberar fondos sin levantar sospechas internas y sin pasar por controles más complejos. Entre los servicios reportados en los expedientes estaban software inexistente, asesorías que nunca se realizaron y campañas educativas que jamás se ejecutaron.
Autoridades describieron el circuito en cuatro etapas. La primera era la autorización del gasto con soporte documental; la segunda, la transferencia inmediata a empresas fantasma creadas como primer destino de los recursos.
Los beneficiarios solían ser las mismas compañías: firmas de reciente creación, sin empleados, sin oficinas reales y sin historial comercial. También aparecen organizaciones ganaderas en las que Duarte habría tenido participación directa o indirecta.
El tercer paso era la dispersión del dinero. En cuestión de horas o días, los fondos salían de las empresas fantasma hacia otras compañías pantalla, cuentas de particulares, organizaciones ganaderas, tarjetas o cuentas personales.
La cuarta etapa era el retorno encubierto de una parte de los recursos a intereses políticos y personales. De acuerdo con las indagatorias, una porción habría regresado al círculo político de Duarte o a campañas electorales del PRI.